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jueves, 22 de diciembre de 2011

Tributacion Simplificada para MIPYMES Chile

¿Qué es el sistema de tributación simplificada para la micro, pequeña y mediana empresa (MIPYME)?
Un nuevo sistema contable-tributario que simplifica y abarata la determinación del Impuesto a la Renta a que están afectos los micro, pequeños y medianos empresarios.
¿Cuáles son las principales características del Régimen de Tributación Simplificada?
  • Los contribuyentes deben declarar y pagar el impuesto de Primera Categoría y el impuesto Global Complementario sobre la base de sus ingresos anuales netos percibidos o devengados (ingresos menos egresos).
  • El sistema permite a los contribuyentes del Artículo 14 tercero de la Ley sobre Impuesto a la Renta, llevar su contabilidad en formato electrónico de una manera simple y eficiente.
  • Se eximen de algunas obligaciones tributarias propias de la contabilidad completa, como: llevar libros de contabilidad, confeccionar balances, efectuar depreciaciones, confeccionar el registro FUT y la deducción inmediata de las inversiones e inventarios, entre otras.
  • Se fija el Pago Provisional Mensual (PPM) en 0,25% de las ventas brutas mensuales. Esto reduce el costo financiero de los contribuyentes que antes pagaban PPM para un impuesto de Primera Categoría 
  • Los contribuyentes pueden optar por este régimen simplificado de tributación y llevar los registros a través del Portal MIPYME en la oficina virtual del Servicio de Impuestos Internos (SII), o bien, mantener los sistemas tradicionales asociados a registros de ingresos y egresos en un libro destinado a estos fines.
¿Cuáles son las ventajas del Sistema de Tributación Simplificada MIPYME del Servicio de Impuestos Internos?
  • Los documentos electrónicos emitidos y recibidos quedan directamente registrados en la contabilidad. Los otros movimientos que no tienen documento tributario asociado (como liquidaciones de sueldo, pago de boletas de honorarios, pago de intereses, etc.) se digitan de manera directa en el sistema.
  • El sistema construye automáticamente los registros de ingresos y egresos exigidos por la Ley Tributaria.
  • La base imponible del Impuesto de Primera Categoría se calcula automáticamente, a partir de la diferencia entre los ingresos y egresos registrados en la contabilidad.
  • El sistema generará una propuesta de códigos para la Declaración Mensual de IVA y para la Declaración Anual de Renta.
¿Cuáles son los requisitos para acogerse al Régimen de Tributación Simplificada de la Ley sobre Impuesto a la Renta?
  • Ser empresario individual o Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL).
  • Ser contribuyente del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
  • No tener por giro o actividad cualquiera de las descritas en el Artículo 20, números 1 (rentas inmobiliarias) y 2 (rentas de capitales mobiliarios), de la Ley sobre Impuesto a la Renta, salvo las necesarias para el desarrollo de su actividad principal.
  • No poseer ni explotar, a cualquier título, derechos sociales o acciones de sociedades, ni formar parte de contratos de asociación o cuentas en participación en calidad de gestor.
  • Tener un promedio anual de ingresos de su giro no superior a las 3 mil Unidades Tributarias Mensuales (UTM) en los tres últimos ejercicios. Para estos efectos, los ingresos de cada mes se expresarán en UTM, según el valor de ésta en el mes respectivo.
  • Si se trata del primer ejercicio de operaciones, la Mipyme deberá tener un capital efectivo no superior a 6 mil UTM, según el valor de ésta en el mes en que se dé aviso de Inicio de Actividades.

¿Cuál es la diferencia entre el régimen de tributación simplificada que establece el artículo 14 tercero de la Ley de Renta y el Sistema de Tributación Simplificada del portal Mipyme del SII?
El régimen del artículo 14 bis permite a los contribuyentes tributar en base a renta retirada, en vez de devengada, debiendo llevar contabilidad completa, sujetándose además a otras normas legales comunes, como por ejemplo, a la acreditación normal de los gastos aceptados como tales para los efectos de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Por el contrario, el Régimen de Tributación Simplificada del artículo 14 tercero es una manera de determinar los Impuestos anuales de Primera Categoría y Global Complementario, en base a renta devengada, al que pueden optar los contribuyentes que cumplan los requisitos del artículo señalado, contenido en la Ley sobre Impuesto a la Renta. Los contribuyentes que opten por este régimen pueden llevar su contabilidad escogiendo las siguientes opciones:
  • A través del "Sistema" de Tributación Simplificada del portal Mipyme del SII en Internet, que sólo es una aplicación computacional gratuita a través de Internet.
  • Utilizando un sistema computacional adquirido en el mercado
  • Mediante libros llevados manualmente.


Lo expuesto anteriormente es sólo material de referencia para entender el funcionamiento de la ley

martes, 20 de diciembre de 2011

Minería chilena crecerá 7% en 2012


Pese el complejo panorama previsto para la economía mundial, la Sociedad Nacional de Minería (Sonami) realizó unas positivas proyecciones para el sector de cara al próximo año.
Es así como el gremio estimó que la industria minera local crecerá un 7% y que sus exportaciones alcancen los US$ 53.000 millones.
“No obstante el clima de incertidumbre que se advierte en la economía mundial para el próximo año, las condiciones del mercado se aprecian sólidas para la industria minera”, dijo Alberto Salas, presidente de la Sonami.
En relación al precio del cobre, el gremio prevé que la libra se ubique en un rango de entre US$ 3,6 y US$ 4, cifra ligeramente más optimista que la prevista por el Banco Central en su último Ipom y que prevé un precio en torno a US$ 3,5.
El líder gremial, además, dijo que la carpeta de inversiones prevista para el periodo 2011-2018 asciende a los US$ 80.000 millones.

Nuevo Superintendente de Bancos Chile


Raphael Bergoeing, fue confirmado como el reemplazante de Carlos Budnevich a la cabeza de la Superintendencia de Bancos (Sbif).
De esta manera el ministro de Hacienda, Felipe Larraín, se inclinó por el presidente de Metro y gerente de política financiera del Banco Central.
Durante el anuncio en el ministerio de Hacienda, Bergoeing aseguró que "estoy muy consciente de la relevancia que la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras tiene. Todos estamos, tal vez, más conscientes después de la crisis internacional de lo importante que es la estabilidad de los mercados financieros", expuso.
La sólida trayectoria económica de Bergoeing, le jugó a favor (doctor en economía, ha sido economista jefe de BanChile Inversiones e investigador de la Reserva Federal de Minneapolis y del Banco Mundial).

domingo, 18 de diciembre de 2011

Impuestos en las Pymes



¿Qué declaraciones de impuestos debo hacer como PYME?


Los contribuyentes deben tener presente las siguientes declaraciones de impuestos, que deberán presentar en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias:

Impuestos mensuales:

- IVA El Impuesto a las Ventas y Servicios grava la venta de bienes y prestaciones de servicios. A partir del 1 de Octubre de 2003 dicho tributo se aplica con una tasa del 19%.



- PPM Pagos Provisionales Mensuales a cuenta de los impuestos anuales que les corresponda pagar.

- RETENCIONES Pago de Honorarios


Estos impuestos se declaran en el Formulario 29


Impuestos anuales:


- RENTA 
Impuesto a la Renta de Primera Categoría (Artículo 20 Ley de Impuesto a la Renta)

El Impuesto de Primera Categoría grava las rentas provenientes del capital obtenida, entre otras, por las empresas comerciales, industriales, mineras, servicio, etc., con una tasa vigente durante el año comercial 2001 del 15%. Por los años comerciales 2002 y 2003 dicho tributo se aplicó con tasa 16% y 16,5%, respectivamente. A contar del año 2004 hasta el año 2010 la citada alícuota queda en forma permanente en un 17%. Por los años comerciales 2011 y 2012, el referido tributo se aplicará con tasas de 20% y 18,5%, respectivamente, para a partir del año comercial 2013 volver a la tasa permanente de 17%. Este impuesto se aplica sobre la base de las utilidades percibidas o devengadas en el caso de empresas que declaren su renta efectiva determinada mediante contabilidad, planillas o contratos.

Este impuesto se declara en el Formulario 22

Tipo de Sociedades en Chile


¿Qué es una sociedad?

La sociedad es un contrato entre dos o más personas que se juntan para hacer un negocio. La gracia de este contrato es que crea una persona jurídica distinta de los socios que constituyen la sociedad. Es más, esta persona jurídica tendrá un patrimonio propio, formado a partir de los aportes de los dueños, pero diferente al personal de cada uno de los socios individualmente considerados.
Características de las sociedades
- Es una persona jurídica distinta a los socios, por lo que tiene un nombre y rut distinto.
- Conformada por el capital de los socios, que puede ser dinero, bienes o incluso su trabajo.
- Tiene patrimonio propio, distinto al personal de los socios.
- Se constituye para crear negocios.- Sirve para proteger el patrimonio personal de los socios

Tipos de sociedades
Existen tres tipos de sociedades que son las más utilizadas en nuestro país:
Sociedad Anónima (S.A), Sociedad de Responsabilidad Limitada (Ltda.) y Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL).

Sociedad Anónima Es una persona jurídica conformada por accionistas que reúnen un capital común. Cada socio accionista responde hasta el monto de dinero que aportó, lo que implica que la responsabilidad es limitada. Las sociedades anónimas son administradas por un directorio que debe tener como mínimo tres miembros, que a su vez deben elegir un gerente y un presidente. Se caracterizan además porque las decisiones se toman por mayoría, es decir a través de la votación de todos los socios que la conforman.
Existen dos tipos de sociedades anónimas:
- Abiertas: corresponden a aquéllas donde se hace oferta pública de sus acciones y transan en la Bolsa. Deben inscribirse en el Registro Nacional de Valores y están sometidas a la fiscalización de la Superintendencia de Valores y Seguros. Deben tener 500 o más accionistas (el número de socios es ilimitado), lo cuales tienen una responsabilidad limitada al monto de sus acciones.
- Cerradas: En este caso la responsabilidad de los socios también es limitada, pero no están reguladas por la Superintendencia de Valores y Seguros.

Sociedad de Responsabilidad Limitada Es una sociedad que se caracteriza porque los socios responden limitadamente por el monto de capital que aportan. Puede tener entre 2 y 50 socios, y en el caso de superar este máximo, pasa a convertirse en una sociedad colectiva con responsabilidad ilimitada. Teóricamente y a diferencia de la sociedad anónima, este tipo de sociedad es administrada por todos los socios de común acuerdo, lo que implica que todas las decisiones deben ser tomadas por unanimidad. Sin embargo, lo normal es que los socios designen a una persona para que administre la sociedad, que puede ser uno de los socios o un tercero, que será quien tome las decisiones.

Empresa individual de responsabilidad limitada Antes obligatoriamente para constituir una sociedad se requerían como mínimo dos personas, porque la sociedad es un contrato y en todo contrato deben haber dos partes. Sin embargo, actualmente existen las EIRL que permiten a una persona iniciar un negocio de manera individual, pero a través de una entidad o persona legal distinta. La EIRL es una persona jurídica con rut y patrimonio propio, donde la responsabilidad es limitada, lo que permite al dueño resguardar su patrimonio personal y sólo responder hasta el capital aportado a la empresa.

Otras sociedades
- Sociedad en comandita
Es una sociedad poco utilizada actualmente, donde existen socios comanditarios, que en al práctica son quienes trabajan, y socios gestores, que aportan el capital. El ejemplo clásico de este tipo de sociedad son las boticas, donde el comanditario era el químico y el gestor el que aportaba los recursos.
- Sociedad colectiva
Son poco comunes debido a que los socios deben responder ilimitadamente y poner en riesgo su patrimonio. Sin embargo, se caracterizan por la facilidad para constituirlas, por lo que se utilizan en casos excepcionales o urgencias. Su vigencia radica en que la legislación que las regula se utiliza además para normalizar todo aquello que no esté expresamente reglamentado para las sociedades de responsabilidad limitada. Además, el número de socios que la pueden conformar es infinito.
- Sociedad de hecho
Corresponden a sociedades donde se cometió un error o hubo una falla en su constitución, por ejemplo, no se publicó el extracto en el Diario Oficial o no se inscribió en el Registro de Comercio. Por lo tanto no se logra crear una persona jurídica distinta a los socios, y simplemente se forma una comunidad.Sin embargo, para fines tributarios, se considera como un contribuyente ya que va a generar impuestos, pero no es una persona distinta con un rut propio.

PEQUEÑAS Y MEDIANAS (PYMES)

El Ministerio de Economía clasifica las empresas de acuerdo al nivel de ventas. Considera que las Empresas Pequeñas son las que venden entre UF2.400 y UF25.000 al año y las Empresas Medianas venden más de UF25.000 al año pero menos que UF100.000. Esto implica que en términos de ventas anuales definimos como PYMES a las empresas que se encuentran en el rango de UF2.400 y UF100.000.

jueves, 15 de diciembre de 2011

Servicios Profesionales

- Inicio de Actividades y Obtencion del RUT
- Timbraje de Documentos
- Confeccion de Declaracion de Impuesto Mensual (IVA, PPM), Declaración Renta Anual
- Regularizacion situación tributaria, Declaraciones Juradas
- Contabilidad Computacional para Pymes. Informes Mensuales, Semestrales y Anuales. Balances y Estado de Situacion Patrimonial
- Asesoria en la exportacion e importacion de bienes
- Asesoria en la confeccion de contratos laborales
- Confeccion de Liquidaciones de Sueldos, Libro de Remuneraciones
- Declaración y Pago de Imposiciones Mensuales (AFP, ISAPRE, FONASA)
- Asesoria Laboral permanente

miércoles, 14 de diciembre de 2011

Vision y Mision

Vision: Ser una Firma de Calidad, Experiencia y Excelencia 


Mision: Apoyar, Asesorar y Orientar y a nuestros clientes en aquellas áreas que no conocen pero que son de suma importancia en el desarrollo de sus negocio. Entregando Soluciones Integrales a Personas Naturales, Empresarios Individuales ó Sociedades, empresas Pequeñas y Medianas, de tal manera que puedan acceder a todos los mecanismos y niveles de servicios empresariales con que cuentan las grandes empresas.

Bienvenidos! ! !

Me llamo Cristobal Lopez vivo en Viña del Mar. Me titulé en 2004 de Contador General y estudio ultimo año de Contador Auditor en la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso. Soy responsable, dinámico, confidente, me caracterizo por buscar soluciones rapidas y eficientes. Habilidad para enfrentar situaciones de desafío y superación.


Contabilidad Rapha ofrece asesoría y servicios de excelencia en la Satisfacción a sus Necesidades en las áreas de Contabilidad - Financiera, Laboral y Tributaria. Las prestaciones estan orientadas a apoyarlo(a) en las áreas donde usted no necesariamente tiene que conocer y que son de vital importancia en la toma de decisiones en su negocio, que lo llevarán camino al éxito.